El Big data es una tecnología que consiste en el procesamiento y análisis masivo de datos, del uso de esta tecnología se enteraron muchas personas tras los escándalos de espionaje a ciudadanos de todo el planeta por la NSA (Agencia de Seguridad de EEUU).
La finalidad del Big data es convertir los metadatos, que por si solo no tienen valor alguno, en información valiosísima que facilita a las organizaciones empresariales la toma de decisiones. Desde hace tiempo las empresas llevan utilizando la tecnología Big Data, para determinar el perfil, necesidades o gustos de sus clientes en relación a sus productos.
De este forma las empresas recaban masivamente información como puede ser nuestra posición GPS, el envío de un correo electrónico, las publicaciones en redes sociales, las búsquedas de un usuario, en definitiva la cantidad de datos generados por una persona y de utilidad para las empresas es inmenso de forma que su análisis individual sería imposible por lo que solo se puede tratar gracias a la automatización tecnológica.
El principal límite para el desarrollo de la tecnología del análisis masivo de datos está en la protección de los datos personales, en el sentido de que la recopilación de forma masiva de estos datos sin el consentimiento del interesado supone una vulneración de la normativa en materia de protección de datos.
A este respecto el hecho que permite que se siga desarrollando la tecnología Big Data es la consideración de que estos datos no son de carácter personal, en la medida de que se trata de información anónima recabada masivamente.
En este sentido el considerando 26 del Reglamento europeo de protección de datos excluye que los principios de protección de datos se deban aplicar a la “información anónima, es decir a la información que no guarda relación con una persona física identificada o identificable, ni a los datos convertidos en anónimos de forma que el interesado no sea identi¬ficable, o deje de serlo.”
El choque con la privacidad se genera cuando estos datos masivos se acaban transformando en perfiles personales con nombre y apellidos y multitud de datos identificables de los afectados, por lo que se acaba perdiendo el carácter anónimo con que contaban estos desde un principio.
Estos perfiles enriquecidos con inmensidad de datos tienen un valor extraordinario para la empresas prestadoras de servicios como pueden ser tiendas online, operadoras de telefonía, bancos, etc. Por ejemplo en el concreto caso de un banco podría servirle para determinar el riesgo de un determinado cliente para encajar en un producto financiero como puede ser un préstamo de forma que harían ya una primera criba comercial.
En conclusión la recogida de estos datos ha de ser transparente para el afectado informándole en todo momento de los derechos que le corresponden como titular de esos datos.
Por esto las empresas que utilicen tecnología Big Data, o traten estos datos han de garantizar mecanismos válidos para que el afectado se pueda oponer al tratamiento cuando este pueda derivar en efectos jurídicos sobre el interesado, como puede ser la denegación de un préstamo fundada en el análisis de su perfil de riesgo.
Martín Esparís Figueira
Sistemius